Juan Francisco Benito Valenciano

Presidente de la Fundación Víctimas del Terrorismo (febrero de 2024)

Nacido en Madrid en 1954. Empresario madrileño. Víctima directa del terrorismo. Su hijo Rodolfo Benito Samaniego fue asesinado en los atentados yihadistas del 11 de marzo de 2004 en Madrid.

BIOGRAFÍA

Juan Francisco Benito Valenciano (Madrid, 1954) es presidente de la Fundación Víctimas del Terrorismo desde febrero de 2024 y víctima directa del terrorismo, tras el asesinato de su hijo Rodolfo en los atentados del 11 de marzo de 2004 en Madrid.

Se distingue por su carácter dialogante y su cercanía con las víctimas, así como por su firme defensa del papel de la Fundación como garante de los intereses comunes del colectivo. Promueve valores democráticos, derechos humanos, pluralidad y libertad, y considera la Fundación un espacio de encuentro y colaboración para mejorar la comprensión de la situación de las víctimas en España y en el mundo.

Su elección como presidente fue respaldada por su relación cordial con asociaciones de víctimas y su experiencia en la dirección de entidades vinculadas a la memoria y los derechos humanos. Participa activamente en el proyecto educativo del Ministerio del Interior, llevando su testimonio a las aulas.

Su nombramiento coincidió con el vigésimo aniversario del mayor atentado terrorista en suelo europeo. Desde entonces, mantiene un firme compromiso con la tolerancia, la solidaridad y la educación en valores, con las víctimas siempre en el centro, guiado por la fuerza de la razón.

FUNCIONES

  • Ejercer el gobierno y representación de la Fundación y aprobar los planes de gestión y programas periódicos de actuación de la misma.
  • Interpretar y desarrollar los Estatutos y, en su caso, acordar la modificación de los mismos, siempre que resulte conveniente a los intereses de la Fundación y a la mejor consecución de sus fines.
  • Fijar las líneas generales sobre la distribución y aplicación de los fondos disponibles entre las finalidades de la Fundación
  • Nombrar apoderados generales o especiales
  • Seleccionar a los beneficiarios de las prestaciones fundacionales.
  • Aprobar el plan de actuación y las cuentas anuales que hayan de ser presentadas al Protectorado.
  • Acordar la apertura y cierre de sus Delegaciones.
  • Adoptar acuerdos sobre la extinción o fusión de la Fundación en caso de imposibilidad de cumplimiento de sus objetivos.
  • Delegar sus facultades en uno o más patronos, sin que puedan ser objeto de delegación la aprobación de las cuentas y del plan de actuación, la modificación de los Estatutos, la fusión y la liquidación de la Fundación, así como aquellos actos que requieran la autorización del Protectorado.